IMPORTACION:
Las mercaderías importadas que ingresan a la ZONA FRANCA SALTA, pueden ser almacenadas hasta un plazo de 5 años siendo los derechos y gravámenes que se aplican a la importación pagaderos una vez que la mercadería es nacionalizada e ingresada al país.
Esta alternativa sumada a la posibilidad de parcializar sobre las base de los pedidos provenientes del territorio le brinda la oportunidad de crear en la ZONA FRANCA SALTA, un centro de distribución para la región. Administrando su propio stock y disponiendo de liquidez que no contaría de mantener la mercadería fuera del predio, como consecuencia de haber pagado los derechos, tasas e impuestos que gravan la nacionalización de la misma.
Una vez que la carga se encuentra almacenada dentro de la Zona Franca Ud. Podrá:
Re-empaquetar: permitiendo adaptar las mercaderías a las normas del mercado consumidor tanto de la Argentina como de otros países.
Re-etiquetar mercaderías.
Estampillar.
Fraccionar/dosificar: Adaptando la mercadería a los usos y costumbres del mercado consumidor.
Exhibir mercaderías: Optimizando los costos de comercialización como consecuencia de no tener que disponer de un lugar en el Territorio Aduanero General como salón de exposición y venta, con el objeto de ser comercializadas.
Ensamblar partes y piezas obteniendo un producto terminado para reexportar.
Reexportar: Esta herramienta permite que en caso de que por cualquier motivo no se realizase la venta del producto en el país, este pueda ser reexportado a cualquier parte del mundo, sin pagar derechos, impuestos o contribuciones de cualquier tipo.
Efectuar reparaciones: Unicamente a los efectos de volver la mercadería a su estado original, para que pueda cumplir normalmente su función.
Pueden llevar a cabo la verificación pre-embarque antes de ingresar a nuestro país.
EXPORTACIONES
La ZONA FRANCA SALTA ofrece ventajas únicas para desarrollar sus proyectos de exportación.
Al no estar gravados los bienes de capital e insumos importados, como así también las materias primas locales que se venden a la ZONA FRANCA y los servicios(energía eléctrica, agua potable, teléfono y gas natural) están exentos del IVA, se obtiene una reducción de costos considerable que vuelve a su empresa más competitiva en el mercado internacional a la vez que obtiene mayor rentabilidad por cada venta.
Para aquellos exportadores que se dedican a consolidar mercaderías de distintos productores para su posterior comercialización a terceros países, la ZONA FRANCA SALTA presenta un marco ideal para el desarrollo de sus negocios. Como ya se comento si consolidan las cargas en nuestro predio se ahorrarían el IVA que actualmente pagan si consolidan en el Territorio Aduanero General.
Exportando desde Zona Franca Salta las industrias gozan de los mismos incentivos vigentes para las exportaciones que se realizan desde el Territorio Nacional.
En conclusión los exportadores cuentan con los siguientes beneficios.
Posibilidad de importar, libre de derechos aduaneros, tasa de estadística e IVA, todo el equipamiento necesario para montar cualquier tipo de industria (llave en mano).
Las mercaderías pueden ingresar, permanecer y ser reexportadas a cualquier parte del mundo, sin pagar derechos, impuestos o contribuciones de cualquier tipo.
Sus costos en insumos básicos como energía eléctrica, gas, y agua disminuyen significativamente, ya que son facturados, exentos del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuestos Internos, etc.
Los servicios telefónicos, locales e internacionales son prestados a tarifas libres de impuestos y valores competitivos con el resto del mundo.
Las maquinarias y demás elementos que formen parte de la infraestructura del usuario de Zona Franca, pueden permanecer en la misma sin límete de tiempo.
Ensamblar partes y piezas obteniendo un producto terminado para exportar a todo el mundo.
VENTAJAS IMPOSITIVAS
Mediante un esquema de fácil lectura abordaremos el régimen impositivo aplicable brindando precisiones respecto a este tema que sin lugar a dudas es fundamental en su análisis al momento de decidir operar con nosotros.
Abordaremos las características impositivas y arancelarias de la Zona Franca discriminando cada tipo de operación que usted puede realizar.
A) RADICACION DEFINITIVA:
Se trata de los productos que ingresen a la Zona Franca destinados a una utilización parcial o definitiva en esta. Ejemplos: La compra de mobiliarios para utilizar en el predio, la compra de bienes de capital para utilizarlo en el predio, la compra de vituallas para el consumo de las personas que desempeñan su actividad dentro de la Zona Franca, etc.
En este caso la adquisición de las mercaderías, ya sea en el Territorio Aduanero General (TAG) como en terceros países, no se encuentra gravada por los tributos de la importación para consumo que son el IVA, los derechos aduaneros y los impuestos internos.(Art. 24 ley 24.331).
B) INGRESO DE MERCADERIAS PARA ALMACENAJE:
Esta operación presenta dos opciones dependiendo del origen de la mercadería, una es que provenga de terceros países y la otra que provenga del TAG(Territorio Aduanero General).
Analizaremos las dos alternativas.
• Mercaderías provenientes de Terceros Países:
Esta operación se refiere al ingreso de mercaderías que tendrán destino final el TAG o un tercer país. En este caso la mercadería podrá permanecer almacenada por un periodo de cinco años hasta darle destino definitivo, y mientras permanezca en la Zona Franca no estará gravada. por los tributos de la importación para consumo que son el IVA, los derechos Aduaneros y los impuestos internos.
Una ventaja para destacar es la referida al stock de mercaderías que usted almacena en la Zona Franca que al no tributar IVA y Derechos Aduaneros le permite acopiar mayor cantidad de mercaderías que en el TAG al mismo costo, con la consecuente ventaja de las economías de escala que se logran comprando mayores volúmenes(mejores precios de compra, fletes internacionales más barato, etc.).
• Mercaderías provenientes del TAG:
Esta alternativa para exportar sus productos a terceros países goza de la exención del IVA al momento de ingresar la mercadería a la Zona Franca, con lo cual no deberá tramitar el reintegro del IVA EXPORTADOR. En cuanto a los incentivos a la exportación que correspondan, se liquidarán en el momento en que las mercaderías se exporten a consumo hacia terceros países.
C) EGRESO DE MERCADERIAS DE ZONA FRANCA AL TAG:
Para el caso de mercaderías que, provenientes de terceros piases y almacenadas en la Zona Franca, se destinen para consumo al TAG (nacionalización) deberán tributar los derechos Aduaneros, IVA, y percepción del Impuesto a las ganancias(en caso de corresponder) como si fueran mercaderías provenientes de terceros países.-
D) EGRESO DE MERCADERIAS DE ZONA FRANCA A TERCEROS PAISES:
Es el caso de mercaderías almacenadas en Zona Franca se destinen definitivamente a terceros países. En esta circunstancia pueden ocurrir dos alternativas.
• Que sean mercaderías con origen en el TAG
En este caso cuando se destinen definitivamente a terceros países corresponde liquidar los estímulos a la exportación vigentes como si se tratara de exportaciones desde el TAG.
• Que sean Mercaderías cuyo origen sea terceros Países.
Al salir de la Zona Franca no tributan ningún impuesto.
E) VENTAS DE MERCADERIAS ALMACENADAS DENTRO DE LA ZONA FRANCA:
En el caso de que usted decida vender dentro de la Zona Franca mercaderías con origen en terceros países la operación no se encuentra gravada por el IVA(ver art. 1 del decreto reglamentario de la ley del IVA) ni por los derechos aduaneros ya que las mercaderías no fueron nacionalizadas. Ahora bien, si las mercaderías tuvieron su origen en el TAG la operación se encuentra gravada con el IVA, pero en el momento en que se exporte a terceros países se podrá requerir la devolución de este impuesto(art.43 Ley del IVA).